RECTOR DE LA BUAP

El Rector de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla es el máximo responsable administrativo y académico de la institución, se le elige cada seis años por el voto de los miembros de la comunidad universitaria, conformada por el personal docente, investigador, de vinculación y de administración y servicios, estudiantes de pregrado y posgrado, egresados y ex alumnos.
Funciones del Rector
Las funciones del Rector de la BUAP son:
- Propiciar el clima adecuado para el logro de los fines de la Universidad.
- Ejercer la representación legal de la Universidad.
- Velar por el cumplimiento y la observancia de los Estatutos y Reglamentos de la Universidad y, en general, de todas las disposiciones vigentes.
- Fomentar el success académico de la Universidad y sus miembros.
- Proporcionar los recursos humanos, materiales y económicos adecuados para el logro de los fines de la Universidad.
- Organizar, coordinar y supervisar el funcionamiento de los órganos de gobierno y administración de la Universidad.
- Velar por el mantenimiento de los espacios físicos de la Universidad en buen estado de conservación y funcionamiento.
- Ejercer la facultad de expedir, modificar y derogar los reglamentos internos de la Universidad, de conformidad con los Estatutos y las leyes vigentes.
- Promover y coordinar la investigación científica y tecnológica, así como la difusión y aplicación de sus resultados.
- Fomentar el desarrollo de la cultura, el deporte y el arte, así como la vida estudiantil.
- Velar por la calidad de la educación que se imparte en la Universidad.
- Incorporar nuevos programas educativos, así como eliminar o modificar los existentes.
- Autorizar la apertura, suspensión o clausura de centros, unidades académicas y servicios de la Universidad.
- Emitir opinión sobre los asuntos que le sean sometidos por el Consejo Universitario, el Consejo de Gobierno o el personal de la Universidad.
- Convocar y presidir las sesiones del Consejo Universitario, así como de aquellas otras reuniones a las que deba asistir.
- Nombrar al Secretario General de la Universidad, quien será el responsable de llevar a cabo las instrucciones emanadas del Rector y ejercerá las funciones que se le asignen en los Estatutos y Reglamentos de la Universidad.
Requisitos para ser Rector de la BUAP
Para ser Rector de la BUAP se requiere:
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento o naturalización.
- Estar inscrito en el Registro Nacional de Aspirantes a Rector de la BUAP.
- No haber sido Rector de la Universidad en dos ocasiones consecutivas.
- No haber sido condenado por delito doloso.
- Contar con título de licenciatura, incluido el de profesor de nivel superior, otorgado por institución educativa pública o privada reconocida por la Secretaría de Educación Pública o Secretaría de Educación y Cultura del Estado.
- Contar con título de doctorado otorgado por universidad nacional o extranjera reconocida por la Secretaría de Educación Pública o Secretaría de Educación y Cultura del Estado.
- Estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
- No desempeñar funciones síndicas o de representación gremial.
Procedimiento para elegir al Rector de la BUAP
El procedimiento para elegir al Rector de la BUAP es el siguiente:
- El Consejo Universitario designa a una Comisión Electoral integrada por cinco miembros de la comunidad universitaria, con la finalidad de que ésta elija al Rector de la Universidad para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en que culmina el mandato del Rector en funciones.
- La Comisión Electoral convoca a los miembros de la comunidad universitaria para que se inscriban en el Registro Nacional de Aspirantes a Rector de la BUAP, el cual estará a disposición de los interesados en el domicilio de la Universidad.
- La Comisión Electoral califica los aspirantes y solicita a la Secretaría de Educación Pública la designación de un árbitro, quien resolverá las diferencias que surgieran en dicha calificación.
- Se lleva a cabo la elección del Rector mediante votación secreta, directa y universal de los miembros de la comunidad universitaria, conforme a lo establecido en los Estatutos de la Universidad.
- El Rector electo toma posesión de su cargo el 1 de enero del año siguiente al de la elección y ejerce su función hasta el 31 de dic
Ex-estudiante de la BUAP, Ingeniera en Ciencias de la Computación, Master en Educación Superior, Docente por vocación. Me gusta pensar que contribuyo a mejorar el sistema educativo de nuestro país y este proyecto llamado Autoservicio BUAP es un grano de arena mas para lograr ese objetivo.